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FOTO DE AGENCIAS. |
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El Departamento de Estado
norteamericano, en su último informe sobre terrorismo global, señala que
Chile es un país “libre del flagelo del terrorismo internacional y
doméstico”. Lo señala un gobierno que sabe precisamente de terrorismo.
Del internacional, del doméstico y aquel de exportación que padecimos
los latinoamericanos en tiempos de las denominadas “guerras sucias”,
allá por los 70’ y 80’. En Chile reina la paz social, señalan desde
EE.UU y lo repiten las autoridades chilenas con orgullo tras cada gira
internacional, cuando las odiosas comparaciones con otros países de la
región demandan poner los puntos sobre las ies.
Chile es un país “estable”,
“democrático”, “seguro para invertir” y “fiscalmente responsable”. Un
Estado donde “las instituciones funcionan”, en el decir de un ex primer
mandatario, hoy adalid contra el cambio climático global y quien, sin
embargo, fue el responsable de desempolvar el año 2001 la legislación
antiterrorista de Pinochet para perseguir a “mapuches” en los campos del
sur. En un país “sin terrorismo” decenas de ciudadanos eran perseguidos
y encarcelados como tales. Una de las tantas paradojas de su
administración.
Una ley a la medida
Bajo el mandato del ex presidente Ricardo Lagos, una treintena de
comuneros y dirigentes fueron sometidos a proceso y posteriormente
enjuiciados por infracción a la Ley 18.314, promulgada en dictadura y
que sanciona en Chile “conductas terroristas”. En su mayoría se trató de
miembros de comunidades en conflicto con empresas madereras y que eran
perseguidos bajo el cargo de “incendio intencional”, ya fuera de
maquinarias o plantaciones en zonas rurales. Como este delito en Chile
está sancionado por una pena mínima de 5 años, sectores empresariales y
políticos exigieron a La Moneda aplicar la Ley Antiterrorista.
Diez años atrás, esos mismos sectores
habían recalificado en el Congreso Nacional el delito de incendio como
un delito “propiamente terrorista”, aumentando en varios grados su
penalidad. Por obra y gracia de los congresistas, en Chile se homologó
de esta forma la quema de una plantación forestal en un apartado sector
de Ercilla, con la explosión de un cochebomba en un concurrido y
céntrico mercado de Bagdad. En ambos casos se estaba en presencia de un
acto de terrorismo, es decir, ante un “acto de violencia ejecutado para
infundir terror en la población civil”, según la definición de la Real
Academia Española de la Lengua. Ni más ni menos.
Esta doble calificación de un mismo
delito -“simple”, en la justicia ordinaria y “terrorista” en la
legislación heredada de Pinochet y reactualizada en “democracia”- llevó
al absurdo de que, en el denominado Caso Poluco Pidenco, un grupo de los
mapuches procesados fuera condenado por el Tribunal Oral en lo Penal de
Angol a 10 años de cárcel por “incendio terrorista” y otro grupo a 5
años por “incendio simple”. Ambos grupos en la misma causa judicial, con
las mismas pruebas, mismos testigos, pero con una diferente tipificación
del delito investigado.
Huelga destacar que otros dos
acusados, ambos líderes tradicionales, con las mismas pruebas y mismos
testigos, resultaron finalmente absueltos por el tribunal. En palabras
de los jueces, las pruebas acompañadas por el Ministerio Público y el
Gobierno “no aportaron antecedentes en cuanto a la existencia de un plan
premeditado por parte de las personas a quienes el persecutor fiscal
atribuye participación en el incendio para haber atentado, ya sea en
contra de la vida, integridad física o libertad de un grupo determinado
de la población”.
Posterior al famoso juicio de los
lonkos Pascual Pichun y Aniceto Norin en Traiguén (ambos condenados por
“amenaza terrorista”) y de la fallida Operación Paciencia contra líderes
de la CAM (absueltos del cargo de “asociación ilícita terrorista”), el
caso Poluco Pidenco fue el tercer juicio en el cual el Ministerio
Público, gobierno y empresas forestales sustentaron una acusación en la
Ley 18.314, ello en contra de mapuches que se encontraban reivindicando
derechos territoriales y socioculturales sobre la ahora “propiedad
privada”. Y tal vez el más escandaloso, amen de las disímiles sentencias
arrojadas por el tribunal de Angol y que hoy son investigadas por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, que acogió
a tramitación la denuncia presentada por los afectados.
Delitos violentos, no terroristas
Y es que si revisamos los delitos que
se cometen en el marco del mal llamado “conflicto mapuche” y cuya
autoría en muchos casos llama a la duda, son todos delitos contra la
propiedad. ¿Violentos? que duda cabe, pero contra la propiedad al fin y
al cabo, según apuntan diversos especialistas en derecho. “El delito
terrorista a nivel internacional está estipulado como un deliberado
atentado contra la integridad corporal o la libertad de las personas y
se trata de circunstancias totalmente extremas de delitos atroces, pero
es muy difícil explicar ante la comunidad internacional que un delito de
incendio constituya un delito terrorista”, señala José Miguel Vivanco,
de Human Rights Watch.
“A mí me da la impresión que tanto
las autoridades judiciales como el Gobierno sobre reaccionan frente a
esto y recurren en términos muy desproporcionados a la aplicación de una
ley que no corresponde y que no se justifica”, subraya. En octubre de
2004, Human Rights Watch y el Observatorio de Derechos de los Pueblos
Indígenas, actual Observatorio Ciudadano, publicaron el lapidario
Informe “Proceso Indebido: Juicios Antiterroristas, Tribunales Militares
y los Mapuches en el Sur de Chile”, donde graficaron la violación de los
derechos humanos y la discriminación que afectaba a los mapuches
perseguidos por la Ley Antiterrorista. Dicho Informe constituyó la
primera lápida sobre las credenciales “democráticas” de la
administración Lagos en el exterior.
La segunda lápida provino desde Naciones Unidas. En su Informe sobre
Chile, el ex Relator Especial de la ONU para Pueblos Indígenas, Rodolfo
Stavenhagen, demandó a las autoridades que “bajo ninguna circunstancia
deberán ser criminalizadas o penalizadas las legítimas actividades de
protesta o demanda social de las organizaciones y comunidades
indígenas.” Agregó que “no deberán aplicarse acusaciones de delitos
tomados de otros contextos (“amenaza terrorista”, “asociación
delictuosa”) a hechos relacionados con la lucha social por la tierra y
los legítimos reclamos indígenas”.
En el mismo plano, Stavenhagen
propuso que el Gobierno de Chile considerase la posibilidad de declarar
una “amnistía general” para los mapuches procesados por realizar
actividades sociales y políticas en el marco de la defensa de sus
tierras. Concluía en su Informe que “la situación actual de los pueblos
indígenas de Chile requiere la atención urgente, no sólo del Gobierno,
sino también de todos los grupos políticos así como de la sociedad en
general. A pesar de haberse producido importantes avances en el país en
materia indígena durante los últimos diez años, estos continúan viviendo
una situación de marginación y negación que los mantiene apartados
significativamente del resto del país”.
Promesa incumplida
El impacto internacional de ambos
Informes, sumado a las dramáticas movilizaciones emprendidas desde las
cárceles por mapuches condenados bajo la Ley Antiterrorista, llevaron a
la presidenta Michelle Bachelet, en el marco de su campaña electoral, a
prometer que bajo su mandato no se aplicaría dicha ley a miembros del
Pueblo Mapuche. Ya como presidenta, reafirmó dicho compromiso tras ser
increpada en Viena por defensores de derechos humanos que apoyaban a
presos políticos en huelga de hambre en Temuco. "No voy a aplicar la Ley
Antiterrorista porque considero que la justicia ordinaria tiene bastante
fuerza para actuar”, afirmó a los manifestantes.
Era la segunda vez en menos de una
semana que Bachelet se veía obligada a referirse a los presos mapuches
en el marco de su primera gira europea como mandataria. Una semana
antes, en Madrid, el Premio Nobel de Literatura 1999, el portugués José
Saramago, la emplazaba a “mirar a estos habitantes originarios que han
estado alejados de sus derechos y ahora se ven atacados por las
multinacionales que vienen a quitarles sus tierras para construir
industrias... hágame el favor de mirar a los mapuches”. Si bien la
cacería policial de dirigentes y comuneros se mantuvo inalterable en los
años siguientes, Bachelet cumplió su promesa y en variadas ocasiones se
negó a desempolvar la legislación pinochetista, pese a las presiones
ejercidas por gremios empresariales, parlamentarios de derecha y
personeros de su propio gobierno, como el ex subsecretario del Interior,
Felipe Harboe.
Desde el exterior, numerosas voces le
recordaban constantemente el tenor de su compromiso. Una era la del
propio Stavenhagen. En febrero de 2008, a días de dejar su cargo como
Relator y ante las presiones sobre Bachelet en orden a “endurecer la
mano” en Wallmapu, el personero de Naciones Unidas señaló desde México
que no era “justificable” que el Gobierno chileno aplicase la Ley
Antiterrorista a las acciones de protesta en territorio mapuche. Subrayó
Stavenhagen que el problema fundamental en Chile era “la situación
vulnerable de las comunidades mapuches con respecto a sus derechos sobre
la tierra, el territorio y los recursos naturales”.
Recordó Stavenhagen que en su visita
del año 2003 ya había recomendado que se buscara una vía política a
estos movimientos sociales y que no se criminalizara sus movilizaciones.
Y si bien señaló desaprobar las acciones de fuerza llevadas a cabo por
algunos activistas en el sur, advirtió de que ello no justificaba la
aplicación de leyes especiales. “No apruebo, pero entiendo (que) cuando
la gente tiene bloqueada la vía democrática, la vía política, la vía de
la negociación, la vía institucional, pueda tomar medidas como ocupación
de predios”, destacó, subrayando que “este tipo de acciones constituyen
un delito del orden civil, pero no justifican una represión de la Fuerza
Armada, ni menos la aplicación de la Ley Antiterrorista”.
Bachelet resistió las presiones, pero finalmente cedió. El pasado 12 de
febrero, la violenta detención en Lo Prado, Región Metropolitana, del
activista de la causa mapuche Miguel Angel Tapia Huenulef (45) y el
supuesto descubrimiento de un “arsenal de guerra” en su poder
-denunciando como un montaje por sus familiares-, llevó al gobierno a
invocar nuevamente su aplicación. Ante la ausencia de Bachelet, por esos
días de visita oficial en Cuba, le correspondió al ministro del
Interior, Edmundo Pérez Yoma, comunicar la drástica medida y al
subsecretario, Patricio Rosende, interponer el recurso judicial
respectivo, medida que el senador y candidato presidencial del
Movimiento Amplio Social, Alejandro Navarro, no dudó en calificar como
un “regreso a la dictadura militar”.
El parlamentario recordó que “la
propia Presidenta fue la que comprometió su palabra ante el mundo
mapuche de no aplicar tal ley, una vez que fue criticada por órganos de
derechos humanos de Naciones Unidas”. Agregó que “si seguimos así, con
la política del ministro del Interior, vamos a terminar violando
gravemente derechos humanos, como todos los ligados al debido proceso,
como han denunciado organismos internacionales que apoyaron al pueblo de
Chile contra la dictadura”. Al cierre de esta edición, Miguel Tapia
Huenulef, acumula formalizaciones por 12 delitos en tribunales de
Santiago y la Araucania, varias por “incendio terrorista”, arriesgando
cadena perpetua simple. Permanece incomunicado en el módulo de Máxima
Seguridad de la cárcel de Isla Teja en Valdivia, el “Guantánamo” sureño
/ AZ
* Artículo publicado
originalmente en Revista Punto Final Nº 680.
www.puntofinal.cl
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