Miembro de la AGENCIA INTERNACIONAL DE PRENSA INDIGENA (AIPIN)

síguenos en Facebook

  Hemeroteca I Buscar

INICIO

 l  última actualización 13:00 PM

 > 25.000 lectores on line por mes

Quiénes Somos     I     Reportajes     I      Entrevistas      I      Opinión     I     Edición Impresa    I      Publicaciones      I     Humor Gráfico      I      ARCHIVO     I     CONTACTO  


  CRONICA

   

nacional

El caso de los hermanos Pichún Collonao

Luchadores sociales y artistas, fueron acusados el año 2002 de incendiar un camión forestal en las inmediaciones de su comunidad. Siempre negaron estar implicados y a pesar de no existir pruebas concretas en su contra, fueron condenados por la justicia. Mientras Rafael cumplió condena en prisión, Pascual solicitó en Argentina refugio político. La siguiente es una crónica publicada por Azkintuwe el 7 de diciembre de 2005, tras presentarse Pascual ante las autoridades del CEPARE en Buenos Aires.

POR PEDRO CAYUQUEO  - TEMUKO, WALLMAPU  - 07 / 12 / 05


+ OTRAS NOTICIAS

PREOCUPACIÓN INTERNACIONAL
La Comisión Interamericana se expidió el 12 de enero pasado, otorgando 10 días al gobierno para que enviara un informe (+)
FERNANDO QUILALEO
Ex miembro del Comando de Eduardo Frei y Ex Coordinador Nacional del Programa Orígenes, analiza el escenario político (+)
LA HISTORIA NO CONTADA
La salvaje conquista de América por parte de los españoles no sólo se llevó a cabo por la fuerza de las armas (+) 
SITUACIÓN DE LOF PAICHIL ANTRIAO
En la última década los negocios inmobiliarios en Villa La Angostura crecieron exponencialmente (+)
TOMA DE MANDO
Con el nuevo mandato, el primero bajo la flamante Carta Magna, quedó inaugurado el Estado Plurinacional en Bolivia (+)

 

+ ARCHIVO DE NOTICIAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FOTO DE HERNÁN SCANDIZZO.

 

 

Pascual y Rafael Pichún Collonao son dos jóvenes miembros de la Comunidad “Antonio Ñirripil”, ubicada en la comuna de Traiguén del País Mapuche. Ambos son hijos del lonko (autoridad tradicional) Pascual Pichún Paillalao, uno de los principales líderes del Pueblo Mapuche en Chile y cuya familia ha sido víctima de una implacable persecución judicial y política por parte del gobierno de Ricardo Lagos. En los últimos años, los miembros de dicha comunidad han mantenido una férrea oposición al avance de empresas forestales sobre sus tierras, lo que ha desembocado en constantes movilizaciones y choques con fuerzas policiales.

Desde fines del año 2003, Pascual y Rafael se encontraban declarados “prófugos” por la justicia chilena y con sendas órdenes de búsqueda y captura policial. Ambos habían sido condenados a cinco años de cárcel por el Tribunal Oral en lo Penal de Angol, tras un proceso plagado de irregularidades, como autores del delito de “incendio” y en el que resultó destruido -en la ruta que une las ciudades de Lumako y Traiguén- un camión forestal que prestaba servicios en el Fundo Nancahue, propiedad del ex ministro de estado, Juan Agustín Figueroa. La investigación y acusación correspondieron al entonces Fiscal del Ministerio Público de Traiguén, Sergio Moya Domke.

El atentado por el cual fueron condenados ocurrió la tarde del viernes 12 de abril de 2002. Si bien en un principio el chofer afectado declaró no haber podido reconocer a sus atacantes, en declaraciones posteriores culpó de los hechos directamente a los hermanos Pichún, quienes fueron detenidos tras un violento allanamiento policial en su domicilio tan sólo un par de horas después del siniestro. Ambos permanecieron encarcelados por más de 1 año antes de ser llevados a Juicio Oral en la ciudad de Angol. El 31 de enero de 2003, la justicia los condenó a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de “incendio”, siendo absueltos del delito de “homicidio frustrado” esgrimido por la Fiscalía del Ministerio Público.

Por su “irreprochable conducta anterior” el tribunal concedió en marzo de 2003 el beneficio de la “libertad vigilada” a ambos hermanos. Sin embargo, estos no pudieron acogerse a dicho beneficio al no poder pagar las costas del juicio, así como las altas indemnizaciones a que fueron también condenados. En concreto, “6.000.000 de pesos, a título de indemnización; 11 unidades tributarias mensuales de multa y 300.000 pesos por costos de la causa”, en total cerca de 10 mil dólares, impuestas como requisito por el tribunal, de acuerdo al artículo 17 de la Ley 18.216 sobre medidas alternativas a las penas privativas de libertad. Por esta razón, con fecha 25 de noviembre de 2003, la jueza Silvia Molina decretó el definitivo encarcelamiento de ambos, situación que los llevó a declararse en rebeldía.

Se desata entonces una intensa búsqueda de ambos hermanos por parte de efectivos de Carabineros y de la Policía de Investigaciones de Chile, que incluyó constantes allanamientos nocturnos, seguimientos a dirigentes de su comunidad y arrestos arbitrarios de miembros de su familia. Mientras Rafael fue finalmente detenido y encarcelado en Traiguén el pasado 20 de julio de 2005, Pascual acaba de presentarse en Buenos Aires ante el Comité de Elegibilidad para el Estatuto de los Refugiados (CEPARE) de la República Argentina, organismo que acogió a tramitación su solicitud de Refugio Político. Esta había sido presentada, en documento reservado, el pasado 15 de noviembre por los abogados Héctor Luis Trajtemberg y Carlos Mariano Zamorano, de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, y el ciudadano mapuche residente en Argentina, Cecilio Melillán.

Testimonio de Flora Collonao, madre de Rafael y Pascual

En el marco de la persecución policial contra ambos hermanos, la comunidad Antonio Ñirripil y específicamente la familia Pichún Collonao ha debido enfrentar durante largos tres años un verdadero “cerco policial”, el que los organismos de inteligencia policial han materializado a través del uso de helicópteros, permanente resguardo y vigilancia del sector, controles de identidad en los caminos públicos, operaciones encubiertas, allanamientos nocturnos a las viviendas de la comunidad e incluso arrestos arbitrarios de familiares de ambos jóvenes. De esto da cuenta el siguiente testimonio de la señora Flora Collonao, madre de ambos jóvenes mapuches, recopilado por el Programa de Derechos Indígenas de la Universidad de La Frontera de Temuco, el 15 de marzo de 2004.

"Hicieron de nuevo un allanamiento, el jueves 11 de marzo en la mañana. Ya hemos tenido varios allanamientos. Entran carabineros, a veces va Investigaciones. El otro día llegaron otra vez, y despertamos (...) No alcancé a abrir la puerta, y ellos a puras patadas me abrieron la puerta, me desarmaron la puerta (...) Me quebraron el vidrio (...) Me levanté, le hablé "¿Qué es lo que pasaba? ": "Andamos buscando a tus hijos, me dijeron”. "Yo le dije, mis hijos, no se dónde están. Y tanto nos molestan a nosotros, y nosotros no somos terroristas. Y más encima llegan con esa prepotencia Uds. No nos tratan con cuidado a uno, hay cabritos chicos, me tienen traumada a mi niñita, tiene 9 años mi hija más chica que tengo. Los niños duermen a saltos: de repente mi niñita cuando está durmiendo despierta asustada diciendo "salgan, salgan; que vienen a hacer acá", mi niñita la tienen media enferma, igual que mi nietecito. A el; cuando vinieron la vez pasada investigaciones a allanar; lo apuntaban con las armas, el tiene dos años dos meses (...) mi niñito como que aprendió de todo esto, de repente levanta un palito del suelo y dice "bam bam"; la policía a los niños de chiquititos les está enseñando: y después salen diciendo que los mapuche son terroristas, pero la misma policía les da el ejemplo de como nos tratan, los niñitos chicos así como van conociendo; van sabiendo todas las cosas que pasamos nosotros...”

“Con todo esto, mi hija; que trabaja en la escuela de la comunidad ahora está enferma (...) el otro día después del allanamiento se enfermó, le dolía la cabeza, se sentía mal y cayó al hospital, yo creo que por ese mismo problema, por que hemos tenido mucha persecución, mas encima nos trata muy mal la policía, no nos tratan como gente, como si fuéramos cualquier animal. La policía llega diciendo: "levántese mierdas de la cama". Y adonde se ha visto eso, ellos supuestamente son personas educadas, pero de la manera que nos tratan pareciera que no. El otro día yo les dije que eran hombres educados, y de la manera que nos tratan. Nosotros no somos gente educada, pero cuando llegan los recibimos bien. El mayor de Carabineros de Traiguén, como me conoce; me dice: "señora, nosotros cuando la íbamos a ver allá a su casa por poco no nos servían mate, con amabilidad, nos recibían bien, nosotros tampoco hacíamos nada. Los que vienen a desordenarte la casa y los tratan mal son los policías de Temuco". Yo le respondí: "ellos acaso andan como ovejitas en el potrero, ¿habría alguien que los mande, que les de órdenes?. Si me dijo andan con su mayor, con su jefe."

"Nos trataron harto mal cuando allanaron, los niños están enfermos, cuando llegó investigaciones me esposaron, me tiraron como animal arriba de la camioneta, estaba sin zapatos, todavía no me puedo mejorar del resfriado que agarré esa vez (...) El jueves cuando fueron a allanar otra vez; el jueves, casi no salía mi voz. Entonces yo les dije que todavía no me podía mejorar por culpa de ellos; igual que mi hija. Como 7 allanamientos hemos tenido, yo no se que quieren con nosotros, no se cómo nos están mirando. Nosotros no somos terroristas, si fuéramos terroristas tendríamos armas, pero nosotros no tenemos ni una escopeta en la casa, entonces ¿Qué es lo que quieren?, tanto que trajinan a nosotros; tanto que persiguen a mi familia"

"Ahora mi marido está preso; lo tienen otra vez en la cárcel. El otro día le dije a la policía que me tenían sin marido, sin hijos. Mis hijos andan lejos de la casa por culpa de ustedes; yo no se cuanto le paga Juan Agustín Figueroa por venir a molestar y destruir mi casa y mi familia; con puras calumnias, con puras mentiras encarcelaron a mi marido y a mis hijos. Ahora somos puras mujeres en la casa, le dije, llegaron, con prepotencia; no esperaron que abriéramos la puerta, llegaron y la echaron abajo de una patada. Como van abrir la puerta a puntas de patadas; más encima dos puertas las echaron abajo. Llegan amenazándolos; como si nos fueran a disparar con sus armas. Menos mal que nosotros somos fuertes, porque si hubiésemos sido más débiles que tiempo hubiéramos estado sepultados (...) menos mal que los mapuche son duros, por que aunque nos estén apaleando nunca nos van a matar, por que la fuerza de nosotros la da el espíritu, chau ngenechen, eso les dije cuando nos allanaron".

"Ahora mi marido lo tienen preso por amenaza terrorista, con testigos falsos y sin rostro; no se cuanto tiempo lo van a tener presos; el día del allanamiento les dije que hasta cuando nos van a molestar, y la policía me dijo que van a seguir molestando; nunca los vamos a dejar tranquilos, entonces yo me digo ¿Acaso no vamos a tener nunca justicia?. Ya no hayamos que pensar; que decir; si nosotros denunciamos todo esto pero no nos toman en cuenta, pero entre los ricos se defienden, nosotros los mapuche no tenemos justicia; hoy día la justicia no existe para el mapuche; si yo hubiera tenido una grabadora el otro día hubiera grabado todos los insultos y los malos tratos que nos dan".

La opinión de los abogados

El caso judicial de Rafael y Pascual Pichún Collonao ha trascendido las fronteras chilenas y no solo hacia Argentina. El 3 de marzo del año 2005 fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, (Washington, EE.UU). La presentación fue realizada por los dirigentes mapuches Adolfo Millabur, Manuel Santander y la abogada Nancy Yañez. A juicio de la familia Pichún, se estaría en presencia de graves atropellos referidos a la imparcialidad de los tribunales chilenos en casos que involucran a comuneros que luchan por sus tierras usurpadas. “Aquí, al igual que en numerosos otros casos, se están vulnerando gravemente derechos consagrados en pactos de derechos humanos ratificados hace varios años por el Estado chileno”, señaló el abogado Rodrigo Lillo, miembro del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, organismo que respaldó la presentación del caso ante la CIDH.

A juicio del Programa de Derechos Indígenas de la Universidad de La Frontera, el hecho de exigir la justicia el pago previo de la indemnización a hacer uso del beneficio legal, vulneraría el derecho a la libertad personal de ambos jóvenes mapuches. “Para exigir el cumplimiento de la pena, es necesario, que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada de acuerdo a la ley. Esto se traduce en que los condenados mapuche deben previamente ponerse a disposición de Gendarmería para cumplir su pena, sólo con posterioridad a ello se puede solicitar el cumplimiento de los pagos de la indemnización, costas y multas”, señala el mencionado organismo de derechos humanos en un informe jurídico de fecha 30 de mayo de 2003 (2).

“El hecho de que los mapuche no puedan pagar estas sumas de dinero no significa que automáticamente ellos pierden el beneficio. Si así fuere, significaría que ellos perderán su libertad por no tener dinero para pagar, y no por la comisión de un delito; lo que se encuentra demasiado cerca de la hipótesis de prisión por deudas, que el artículo 7.7 de la Convención Americana proscribe por atentatoria de la libertad personal. Esto es así porque a ellos se les ha concedido la libertad vigilada en tanto cumplen todos los requisitos legales para ello: a) la pena no supera los 5 años; b) nunca antes habían sido condenados por crimen o simple delito y; c) el informe social “permite concluir que un tratamiento en libertad aparece como eficaz y necesario....para una efectiva readaptación y resocialización”. Por la vía de exigir el pago previo, lo que se está haciendo es imponer un requisito adicional (no previsto en la ley), que en definitiva les impedirá acceder al beneficio y les obligará a ir a prisión”, agrega el Programa de Derechos Indígenas.

“Pascual y Rafael jamás podrán pagar esa indemnización, y ello al menos lo suponía la Jueza de Garantía que ordenó la detención. Se intenta, en suma, hacer inefectiva la concesión de la libertad vigilada, burlando el sentido de la ley. La ley de medidas alternativas no previene que de no pagar no se puede acceder a este beneficio. Lo que señala la ley, es que si esta condición no fuere cumplida durante el período de cumplimiento de la pena, se dará información al juez; el que en casos justificados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 5 de la ley, incluso podrá disponer que se puede prescindir de esta exigencia. El Tribunal que conoció de este juicio ya ha determinado la forma en que Pascual y Rafael deberán responder por el delito cuya participación quedó demostrada. Por una vía distinta, se pretende aumentar el gravamen de esta pena, valiéndose de la pobreza en que viven. Se aprecia un interés de ciertos sectores por aplicar “mano dura” en contra de los mapuche, independiente de lo que pueda determinar la justicia”, enfatiza el organismo en el citado informe.

A juicio del abogado Rodrigo Lillo, el caso de ambos hermanos “es otro ejemplo que debiera alertar a la comunidad internacional: la determinación de la justicia de ordenar su arresto por no pagar esta indemnización viola claramente, a nuestro juicio, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que excluyen la prisión por deuda. Nadie puede, en este país, estar privado de libertad por no pagar una deuda”. Es preciso hacer notar que el Pacto de San José de Costa Rica fue publicado en el diario oficial el 5 de enero de 1991 y desde esa fecha se encuentra vigente en Chile.
 

 

 VOLVER

 

 

 

 

 

 


Quiénes Somos     I     Reportajes     I      Entrevistas    I      Opinión     I     Edición Impresa    I      Publicaciones      I     Humor Gráfico      I      ARCHIVO     I     CONTACTO