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FOTO DE
HERNÁN SCANDIZZO. |
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Pascual y Rafael Pichún Collonao son
dos jóvenes miembros de la Comunidad “Antonio Ñirripil”, ubicada en la
comuna de Traiguén del País Mapuche. Ambos son hijos del lonko
(autoridad tradicional) Pascual Pichún Paillalao, uno de los principales
líderes del Pueblo Mapuche en Chile y cuya familia ha sido víctima de
una implacable persecución judicial y política por parte del gobierno de
Ricardo Lagos. En los últimos años, los miembros de dicha comunidad han
mantenido una férrea oposición al avance de empresas forestales sobre
sus tierras, lo que ha desembocado en constantes movilizaciones y
choques con fuerzas policiales.
Desde fines del año 2003, Pascual y Rafael se encontraban declarados
“prófugos” por la justicia chilena y con sendas órdenes de búsqueda y
captura policial. Ambos habían sido condenados a cinco años de cárcel
por el Tribunal Oral en lo Penal de Angol, tras un proceso plagado de
irregularidades, como autores del delito de “incendio” y en el que
resultó destruido -en la ruta que une las ciudades de Lumako y Traiguén-
un camión forestal que prestaba servicios en el Fundo Nancahue,
propiedad del ex ministro de estado, Juan Agustín Figueroa. La
investigación y acusación correspondieron al entonces Fiscal del
Ministerio Público de Traiguén, Sergio Moya Domke.
El atentado por el cual fueron condenados ocurrió la tarde del viernes
12 de abril de 2002. Si bien en un principio el chofer afectado declaró
no haber podido reconocer a sus atacantes, en declaraciones posteriores
culpó de los hechos directamente a los hermanos Pichún, quienes fueron
detenidos tras un violento allanamiento policial en su domicilio tan
sólo un par de horas después del siniestro. Ambos permanecieron
encarcelados por más de 1 año antes de ser llevados a Juicio Oral en la
ciudad de Angol. El 31 de enero de 2003, la justicia los condenó a la
pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de
“incendio”, siendo absueltos del delito de “homicidio frustrado”
esgrimido por la Fiscalía del Ministerio Público.
Por su “irreprochable conducta anterior” el tribunal concedió en marzo
de 2003 el beneficio de la “libertad vigilada” a ambos hermanos. Sin
embargo, estos no pudieron acogerse a dicho beneficio al no poder pagar
las costas del juicio, así como las altas indemnizaciones a que fueron
también condenados. En concreto, “6.000.000 de pesos, a título de
indemnización; 11 unidades tributarias mensuales de multa y 300.000
pesos por costos de la causa”, en total cerca de 10 mil dólares,
impuestas como requisito por el tribunal, de acuerdo al artículo 17 de
la Ley 18.216 sobre medidas alternativas a las penas privativas de
libertad. Por esta razón, con fecha 25 de noviembre de 2003, la jueza
Silvia Molina decretó el definitivo encarcelamiento de ambos, situación
que los llevó a declararse en rebeldía.
Se desata entonces una intensa búsqueda de ambos hermanos por parte de
efectivos de Carabineros y de la Policía de Investigaciones de Chile,
que incluyó constantes allanamientos nocturnos, seguimientos a
dirigentes de su comunidad y arrestos arbitrarios de miembros de su
familia. Mientras Rafael fue finalmente detenido y encarcelado en
Traiguén el pasado 20 de julio de 2005, Pascual acaba de presentarse en
Buenos Aires ante el Comité de Elegibilidad para el Estatuto de los
Refugiados (CEPARE) de la República Argentina, organismo que acogió a
tramitación su solicitud de Refugio Político. Esta había sido
presentada, en documento reservado, el pasado 15 de noviembre por los
abogados Héctor Luis Trajtemberg y Carlos Mariano Zamorano, de la Liga
Argentina por los Derechos del Hombre, y el ciudadano mapuche residente
en Argentina, Cecilio Melillán.
Testimonio de Flora Collonao, madre de Rafael y Pascual
En el marco de la persecución policial contra ambos hermanos, la
comunidad Antonio Ñirripil y específicamente la familia Pichún Collonao
ha debido enfrentar durante largos tres años un verdadero “cerco
policial”, el que los organismos de inteligencia policial han
materializado a través del uso de helicópteros, permanente resguardo y
vigilancia del sector, controles de identidad en los caminos públicos,
operaciones encubiertas, allanamientos nocturnos a las viviendas de la
comunidad e incluso arrestos arbitrarios de familiares de ambos jóvenes.
De esto da cuenta el siguiente testimonio de la señora Flora Collonao,
madre de ambos jóvenes mapuches, recopilado por el Programa de Derechos
Indígenas de la Universidad de La Frontera de Temuco, el 15 de marzo de
2004.
"Hicieron de nuevo un allanamiento, el jueves 11 de marzo en la mañana.
Ya hemos tenido varios allanamientos. Entran carabineros, a veces va
Investigaciones. El otro día llegaron otra vez, y despertamos (...) No
alcancé a abrir la puerta, y ellos a puras patadas me abrieron la
puerta, me desarmaron la puerta (...) Me quebraron el vidrio (...) Me
levanté, le hablé "¿Qué es lo que pasaba? ": "Andamos buscando a tus
hijos, me dijeron”. "Yo le dije, mis hijos, no se dónde están. Y tanto
nos molestan a nosotros, y nosotros no somos terroristas. Y más encima
llegan con esa prepotencia Uds. No nos tratan con cuidado a uno, hay
cabritos chicos, me tienen traumada a mi niñita, tiene 9 años mi hija
más chica que tengo. Los niños duermen a saltos: de repente mi niñita
cuando está durmiendo despierta asustada diciendo "salgan, salgan; que
vienen a hacer acá", mi niñita la tienen media enferma, igual que mi
nietecito. A el; cuando vinieron la vez pasada investigaciones a
allanar; lo apuntaban con las armas, el tiene dos años dos meses (...)
mi niñito como que aprendió de todo esto, de repente levanta un palito
del suelo y dice "bam bam"; la policía a los niños de chiquititos les
está enseñando: y después salen diciendo que los mapuche son
terroristas, pero la misma policía les da el ejemplo de como nos tratan,
los niñitos chicos así como van conociendo; van sabiendo todas las cosas
que pasamos nosotros...”
“Con todo esto, mi hija; que trabaja en la escuela de la comunidad ahora
está enferma (...) el otro día después del allanamiento se enfermó, le
dolía la cabeza, se sentía mal y cayó al hospital, yo creo que por ese
mismo problema, por que hemos tenido mucha persecución, mas encima nos
trata muy mal la policía, no nos tratan como gente, como si fuéramos
cualquier animal. La policía llega diciendo: "levántese mierdas de la
cama". Y adonde se ha visto eso, ellos supuestamente son personas
educadas, pero de la manera que nos tratan pareciera que no. El otro día
yo les dije que eran hombres educados, y de la manera que nos tratan.
Nosotros no somos gente educada, pero cuando llegan los recibimos bien.
El mayor de Carabineros de Traiguén, como me conoce; me dice: "señora,
nosotros cuando la íbamos a ver allá a su casa por poco no nos servían
mate, con amabilidad, nos recibían bien, nosotros tampoco hacíamos nada.
Los que vienen a desordenarte la casa y los tratan mal son los policías
de Temuco". Yo le respondí: "ellos acaso andan como ovejitas en el
potrero, ¿habría alguien que los mande, que les de órdenes?. Si me dijo
andan con su mayor, con su jefe."
"Nos trataron harto mal cuando allanaron, los niños están enfermos,
cuando llegó investigaciones me esposaron, me tiraron como animal arriba
de la camioneta, estaba sin zapatos, todavía no me puedo mejorar del
resfriado que agarré esa vez (...) El jueves cuando fueron a allanar
otra vez; el jueves, casi no salía mi voz. Entonces yo les dije que
todavía no me podía mejorar por culpa de ellos; igual que mi hija. Como
7 allanamientos hemos tenido, yo no se que quieren con nosotros, no se
cómo nos están mirando. Nosotros no somos terroristas, si fuéramos
terroristas tendríamos armas, pero nosotros no tenemos ni una escopeta
en la casa, entonces ¿Qué es lo que quieren?, tanto que trajinan a
nosotros; tanto que persiguen a mi familia"
"Ahora mi marido está preso; lo tienen otra vez en la cárcel. El otro
día le dije a la policía que me tenían sin marido, sin hijos. Mis hijos
andan lejos de la casa por culpa de ustedes; yo no se cuanto le paga
Juan Agustín Figueroa por venir a molestar y destruir mi casa y mi
familia; con puras calumnias, con puras mentiras encarcelaron a mi
marido y a mis hijos. Ahora somos puras mujeres en la casa, le dije,
llegaron, con prepotencia; no esperaron que abriéramos la puerta,
llegaron y la echaron abajo de una patada. Como van abrir la puerta a
puntas de patadas; más encima dos puertas las echaron abajo. Llegan
amenazándolos; como si nos fueran a disparar con sus armas. Menos mal
que nosotros somos fuertes, porque si hubiésemos sido más débiles que
tiempo hubiéramos estado sepultados (...) menos mal que los mapuche son
duros, por que aunque nos estén apaleando nunca nos van a matar, por que
la fuerza de nosotros la da el espíritu, chau ngenechen, eso les dije
cuando nos allanaron".
"Ahora mi marido lo tienen preso por amenaza terrorista, con testigos
falsos y sin rostro; no se cuanto tiempo lo van a tener presos; el día
del allanamiento les dije que hasta cuando nos van a molestar, y la
policía me dijo que van a seguir molestando; nunca los vamos a dejar
tranquilos, entonces yo me digo ¿Acaso no vamos a tener nunca justicia?.
Ya no hayamos que pensar; que decir; si nosotros denunciamos todo esto
pero no nos toman en cuenta, pero entre los ricos se defienden, nosotros
los mapuche no tenemos justicia; hoy día la justicia no existe para el
mapuche; si yo hubiera tenido una grabadora el otro día hubiera grabado
todos los insultos y los malos tratos que nos dan".
La opinión de los abogados
El caso judicial de Rafael y Pascual Pichún Collonao ha trascendido las
fronteras chilenas y no solo hacia Argentina. El 3 de marzo del año 2005
fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la
OEA, (Washington, EE.UU). La presentación fue realizada por los
dirigentes mapuches Adolfo Millabur, Manuel Santander y la abogada Nancy
Yañez. A juicio de la familia Pichún, se estaría en presencia de graves
atropellos referidos a la imparcialidad de los tribunales chilenos en
casos que involucran a comuneros que luchan por sus tierras usurpadas.
“Aquí, al igual que en numerosos otros casos, se están vulnerando
gravemente derechos consagrados en pactos de derechos humanos
ratificados hace varios años por el Estado chileno”, señaló el abogado
Rodrigo Lillo, miembro del Observatorio de Derechos de los Pueblos
Indígenas, organismo que respaldó la presentación del caso ante la CIDH.
A juicio del Programa de Derechos Indígenas de la Universidad de La
Frontera, el hecho de exigir la justicia el pago previo de la
indemnización a hacer uso del beneficio legal, vulneraría el derecho a
la libertad personal de ambos jóvenes mapuches. “Para exigir el
cumplimiento de la pena, es necesario, que la sentencia se encuentre
firme y ejecutoriada de acuerdo a la ley. Esto se traduce en que los
condenados mapuche deben previamente ponerse a disposición de
Gendarmería para cumplir su pena, sólo con posterioridad a ello se puede
solicitar el cumplimiento de los pagos de la indemnización, costas y
multas”, señala el mencionado organismo de derechos humanos en un
informe jurídico de fecha 30 de mayo de 2003 (2).
“El hecho de que los mapuche no puedan pagar estas sumas de dinero no
significa que automáticamente ellos pierden el beneficio. Si así fuere,
significaría que ellos perderán su libertad por no tener dinero para
pagar, y no por la comisión de un delito; lo que se encuentra demasiado
cerca de la hipótesis de prisión por deudas, que el artículo 7.7 de la
Convención Americana proscribe por atentatoria de la libertad personal.
Esto es así porque a ellos se les ha concedido la libertad vigilada en
tanto cumplen todos los requisitos legales para ello: a) la pena no
supera los 5 años; b) nunca antes habían sido condenados por crimen o
simple delito y; c) el informe social “permite concluir que un
tratamiento en libertad aparece como eficaz y necesario....para una
efectiva readaptación y resocialización”. Por la vía de exigir el pago
previo, lo que se está haciendo es imponer un requisito adicional (no
previsto en la ley), que en definitiva les impedirá acceder al beneficio
y les obligará a ir a prisión”, agrega el Programa de Derechos
Indígenas.
“Pascual y Rafael jamás podrán pagar esa indemnización, y ello al menos
lo suponía la Jueza de Garantía que ordenó la detención. Se intenta, en
suma, hacer inefectiva la concesión de la libertad vigilada, burlando el
sentido de la ley. La ley de medidas alternativas no previene que de no
pagar no se puede acceder a este beneficio. Lo que señala la ley, es que
si esta condición no fuere cumplida durante el período de cumplimiento
de la pena, se dará información al juez; el que en casos justificados,
de acuerdo a lo previsto en el artículo 5 de la ley, incluso podrá
disponer que se puede prescindir de esta exigencia. El Tribunal que
conoció de este juicio ya ha determinado la forma en que Pascual y
Rafael deberán responder por el delito cuya participación quedó
demostrada. Por una vía distinta, se pretende aumentar el gravamen de
esta pena, valiéndose de la pobreza en que viven. Se aprecia un interés
de ciertos sectores por aplicar “mano dura” en contra de los mapuche,
independiente de lo que pueda determinar la justicia”, enfatiza el
organismo en el citado informe.
A juicio del abogado Rodrigo Lillo, el caso de ambos hermanos “es otro
ejemplo que debiera alertar a la comunidad internacional: la
determinación de la justicia de ordenar su arresto por no pagar esta
indemnización viola claramente, a nuestro juicio, la Convención
Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, que excluyen la prisión por deuda. Nadie puede, en
este país, estar privado de libertad por no pagar una deuda”. Es preciso
hacer notar que el Pacto de San José de Costa Rica fue publicado en el
diario oficial el 5 de enero de 1991 y desde esa fecha se encuentra
vigente en Chile.
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